....Establecido lo anterior, este Tribunal encuentra que la pretensión del actor en el presente asunto es el desalojo de un inmueble destinado a vivienda, la cual se subsume en las normas antes transcritas, en tal razón la parte actora debió cumplir con la instancia de los procedimientos especiales establecidos para tales efectos, en el referido Decreto-Ley; y, como quiera que de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, constata este Juzgado la omisión del agotamiento de la instancia administrativa previa, toda vez que la demandante no acompañó al libelo ningún documento que permita determinar el cumplimiento de este requisito que, como se ha dicho, inhabilita para intentar cualquier demanda que tenga que ver con desalojos o desocupación de viviendas, resultando forzoso concluir en la inadmisibilidad del asunto que se ventila en el presente expediente, y así se decide.