Se condena al ciudadano OMAR ELIA PALMA SILVA, titular de cedula de identidad Nº V-25.517.781, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS y OCHO (08) MESES, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el procedimiento especial de Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, pena esta que cumplirá en los términos que establezca el Tribunal en funciones de Ejecución correspondiente.
QUINTO: Se condena al ciudadano OMAR ELIA PALMA SILVA, titular de cedula de identidad Nº V-25.517.781; a cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 16 numeral 1 del Código Penal, consiste en "La inhabilitación política durante el tiempo de la condena".
SEXTO: Se exonera al ciudadano OMAR ELIA PALMA SILVA, titular de cedula de identidad Nº V-25.517.781, del pago de las costas procesales contempladas en el artículo 34 ejusdem, y en los artículos 265, 269 y 292, to.....