de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha ocho (8) de marzo de 2024, según consta en acta levantada, tuvo lugar la declaración testimonial de los ciudadanos MANUEL SANTOS DIAZ GUARANDA y WILKER JAVIER SALAZAR HURTADO, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 27.715.718 y V- 31.698.896, respectivamente Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos identificados Ut Supra, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECR.....