REVOCA la decisión proferida en fecha 24 de diciembre del año 2003, por el Tribunal Primero de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, que Impuso a los ciudadanos: HIDALGO BRON ENDER BLADIMIR y CARMONA FIGUERA ELNIS JOSÉ, las Medidas Cautelares previstas en los ordinales 3º, 4º y 6º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar se decreta la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se acuerda librar Boleta de Encarcelación, a los fines de que los mencionados imputados, sean trasladados al Internado Judicial Capital el Rodeo I, donde permanecerán detenidos, a la orden del Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento