CAPITULO V
Por las razones de hecho y de derecho establecidas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:------------------------------------------------------------------------
Primero: Se Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por otra menos gravosa, impuesta al ciudadano CACIQUE ESCALANTE CARLOS JULIO, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, nacido en fecha 11/11/ 1962, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.233.295, con residencia en la calle principal del Barrio Bolívar, Nº 23-A43, San Cristóbal, Estado Táchira, por la presunta comisión de los tipos penales de VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA CONTINUADA, previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia en aplicación a lo dispuesto en el artícul.....