...Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección: Sector Ceniza, Calle Los Chaguaramos, Parroquia Bolívar, Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: En dos segmentos: Con tres metros con veintitrés centímetros (3,23 mts), más cinco metros con diez centímetros (5,10 mts). Con Edgar Jaspe. SUR: Con Nueve metros con cuarenta centímetros (9,40 mts) Con Terrenos del INTI; ESTE: Con trece metros con setenta y siete centímetros (13,77 mt.....