DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CULPABLE al ciudadano REINIERO MANUEL LAUCHO, venezolano, indocumentado, de 19 años de edad, de oficio obrero, de domiciliado en el Sector San Vicente, Kilómetro 25 de la Carretera Petare-Santa Lucía del Tuy. Municipio Paz Castillo, en virtud de la Admisión de los hechos de conformidad con lo establecido en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, y se CONDENA A SUFRIR LA PENA DE UN (1) AÑO Y CUATRO MESES (04) MESES DE PRESION, igualmente al acusado se le ordena el cumplimiento de de las penas accesorias de presidio previstas en el articulo 16 del Código Penal ordinales 1° y 2°, como son la inh.....