Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad en lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ACUERDA lo solicitado por la defensa en relación a la revisión de la medida, y en consecuencia, resulta procedente en aras de una sana, recta y justa administración de justicia, por considerarla proporcional, OTORGAR a la imputada KARLA JACQUELINE BLANCO GUZMAN, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.505.914, la EXTENSIÓN de las presentaciones de cada quince (15) días a cada treinta (30) días, prevista en el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, MODIFICAR la del numeral 4º del artículo 256 ejusdem por la del numeral 9º del mismo artículo, consistente en estar atento al llamado del Tr.....