SE ADMITE cuanto ha lugar en Derecho. Se ordena darle entrada en el Libro de Causas bajo el N° 101-04 y se emplaza a la parte demandada para el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, que tendrá lugar en este Despacho, pasados como sean Cuarenta y Cinco (45) días después de la citación de la parte demandada, ciudadana LOURDES GUAITA DE GANDOLFI, quien es mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N°. V.-3.235.428, a las 10: