Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se acuerda aplicar a favor del ciudadano ANGEL LUIS MACHADO, de Nacionalidad: Venezolana, nacido en Caracas, residenciado en: Cartanal sector 5 calle 22 casa 61, nacido en fecha 06-07-79, de 25 años, de profesión u oficio Obrero, de Estado Civil Soltero y titular de la cédula de identidad Nro. V-14.721.469, hijo de Marina Machado y Humberto Orellana, la Medida Cautelar establecida en el ordinal 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, deberá presentarse cada ocho (08) días ante la sede de la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, quien fue aprehendido el 12 de octubre de 2004 por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto.....