Primero: Con Lugar, el recurso de apelación ejercido por los abogados José Ramón Milano Silvera y Ramón Hernández Aponte, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Cesar José Zamora González, contra el auto de fecha 11 de febrero de 2004, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que negó la admisión de las pruebas promovidas, en virtud de que los promoventes no indicaron de manera expresa y sin ningún tipo de duda los hechos que pretenden demostrar con dichos medios probatorios.
Segundo: Se REVOCA parcialmente el auto de fecha 11 de febrero de 2004, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en consecuencia se ordena al Juzgado, proceder a la admisión de las pruebas promovidas, por la representación judicial del ciudadano CESAR JOSE ZAMORA GONZALEZ, parte