En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, artículo 94.3 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD DE VEHÍCULO para asegurar que el ciudadano RAFAEL REMIGIO ALVARADO RIOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-1.728.457, es el propietario legítimo de un Vehículo con las siguientes características: marca Dodge; placas: ALZ-565, tipo SEDAN, modelo DART, color: verde, capacidad: 5 puestos, serial del motor:3184PY2616CM, serial de carrocería: A414610, año 1974, uso: particular. Certificación de Datos emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre de fecha.....