CAPÍTULO VI
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación que fue interpuesto por el abogado en ejercicio HENRY OMAR MOLINA CONTRERAS, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil TECNOCOCINAS LIGTH C.A., contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 30 de junio de 2016; y CONFIRMA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo la referida decisión, motivo por el cual se declara CON LUGAR la demanda intentada por la sociedad mercantil GRUPO INVERSIONISTAS AGUERA BOGA C.A. contra la mencionada empresa por concepto de DESALOJO, ell.....