Por las anteriores razones de hecho y de derecho, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Aumento de la Pensión Alimentaria presentada por la ciudadana VIANNEY SUÁREZ VEZGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.371.000, a favor de su hijo RICHARD ALEXIS COBARÍA SUÁREZ, y decide:
PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el acta del acuerdo conciliatorio, para establecer la nueva pensión de alimentos se debe seguir el procedimiento indicado en la Ley de Impuesto Sobre la Renta, que es el siguiente: El Índice de Precios al Consumidor (IPC) actual se divide entre el IPC del mes en que se homologa el acta de acuerdo conciliatorio, el factor o resultado obtenido, se multiplica por el monto de la pensión alimentaria y de esta manera se obtiene el monto.....