En cuanto a la Medida Privativa de Libertad, solicitada por el Fiscal del Ministerio Público, se declara con lugar en contra del ciudadano: EMIR JOSÉ CASTILLO FARIAS, venezolano, natural de Caracas, Municipio Libertador, nacido en fecha 05-06-74, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.945.481, soltero, obrero, hijo de Celestina Farias (v) y de Pedro Castillo (v) residenciado en el sector Cogollal, vereda Los Mangos, casa Nº B-34, Guarenas, del Estado Miranda. De conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en relación con lo dispuesto en el artículo 251 numeral 3 Y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de: ABUSO SEXUAL A NIÑO SIN PENETRACIÓN, EL cual se encuentra previsto en el artículo 259 DE LA Ley orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y ASI SE DECIDE.