...este Tribunal por cuanto considera que se encuentran llenos los requisitos para decretar la medida solicitada, de conformidad con los artículos 585 y 588 del Código Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente bien inmueble, propiedad de la demandada ciudadana: ALEJANDRA YULIANY YEPEZ MENDEZ, que a continuación se especifica: "Un (01) apartamento destinado para la vivienda, distinguido con la letra y numero 3C-51, ubicado en el piso cuatro (04) del edificio 3C, el cual forma parte del "Conjunto Residencial Buena Vista Etapa 1", del Municipio Autónomo Zamora, de la ciudad de Guatire del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de treinta y seis (36m2), y consta de salón comedor, cocina, baño y un dormitorio y estudio, y sus linderos particulares son: NORTE: con fachada sur; SUR: con pared que da al apartamento 3C-52; ESTE: con fachada este y escalera; OESTE: con fachada oeste, y se identifica con su numero catastral Nº.....