...ÚNICO: De conformidad con lo establecido en el artículo 479, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal, se autoriza a la persona del penado, ciudadano GUSTAVO ADOLFO RIVERA GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad personal número V-16.376.818, quien cumple pena bajo la medida de pre-libertad de "destino a establecimiento abierto" o "régimen abierto, a ausentarse de las pernoctas que cumple en el Centro de Residencia Supervisada "Dr. Francisco Canestri", con sede en Caracas, Distrito Capital, desde el día veinticuatro (24) de diciembre de este año en curso, hasta el día dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), fechas estas en la que deberá permanecer en residencia de familiares ubicada en Arapuey, Calle María La Paz, casa número 13, Municipio Julio César Salas, Mérida, estado Mérida, con obligación de reintegro a la pernocta en el establecimiento carcelario en cuestión, de acuerdo a los términos de la autorización concedida, el día tres (03) de enero del próximo año, e.....