DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PERIMIDO por EXTEMPORANEO el presente libelo de demanda y su posterior subsanación interpuesta por el ciudadano JESUS MARIA PINEDA GONZALEZ identificado en autos, representado judicialmente por la abogada YDALMI FARIAS, Procuradora del Trabajo, identificada en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del caso.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la pagina Wed del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Miranda.
Dictada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Tribunal Quinto de Sustanciación, Media.....