Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con fundamento en los Artículos 64, ultimo aparte, 532, 330.6 y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, CONDENA a la ciudadana LISANDRA MACHADO BIRRIEL, Venezolana, titular de la cedula de identidad V. 16.466.963, de 20 años de edad, soltera, estudiante hija de los ciudadanos LIGIA ANTONIA BIRRIEL(F) y de HERMES ALEXIS MACHADO BLANCO(v), residenciada en Pueblo Arriba final calle Venezuela, sector el cujito, casa sin número, Guarenas, Municipio Plaza Estado Miranda A CUMPLIR LA PENA DE VEINTE AÑOS DE PRESIDIO MAS LA ACCESORIAS DE LEY CONTENIDAS EN EL ARTICULO 13 DEL CÓDIGO PENAL; por la comisión .....