este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciãnes de Juicio N° 3, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLHCA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CONDENA al acusado JUAN CARLOS MEJÍAS SÁNCHEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Guasdualito, Estado Apure, nacido en fecha 09-06-1981, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-14.408.595, soldador, soltero, residenciado en el sector Rómulo Gallegos Barrio San Andrés, parte baja, Cuesta del Trapiche, Nro 2-27, teléfono 04247298739, y 04147194738, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 03 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de Pablo Emilio Vivas Pantaleón, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN.
SEGUNDO: CONDENA al acusado JUAN CARLOS MEJÍAS SÁNCHEZ, a las accesorias de Ley, de conformidad al artículo 16 del Códig.....