PRIMERO: Condena al acusado: Briceño Mejia Leonardo, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Bocono, Estado Trujillo, nacido el 18-01-73, de 30 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Agente del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, adscrito a la División de Patrullaje Vehicular, Región Policial No. 1, Por la comisión del delito de Homicidio Culposo (por inobservancia de los reglamentos), de conformidad con lo establecido en el artículo 411 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el contenido de los artículos 15 literal ¿g¿; 95 numeral 5 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre; en relación con el contenido de los artículos 246, 252 numeral 3, 254 numeral 1, 255 del Reglamento de la Ley de Transito Terrestre; y los artículos 363 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Condena al acusado: Briceño Mejia Leonardo, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Bocono, en relación con los artículos 265, 266 numeral 2, .....