Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada NAIRETH GARCIA FIGUERA, en su carácter de Defensora Pública Cuarta Penal del estado Miranda, a favor del ciudadano PEREIRA QUINTERO FREDERICK IVAN, y en consecuencia SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 13 de abril de 2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual Niega el Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con en el artículo 55 de Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación a las previsiones contenidas en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.