...PRIMERO: Una vez revisada la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa en contra del ciudadano FLORES RIVAS YRANGEL, titular de la cédula de identidad N° V-13.473.202, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la profesional del derecho María Mercedes Ramírez, en su condición de Defensora Privada del ciudadano antes identificado, en el sentido de que se le otorgue una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad menos gravosa que la impuesta; por considerar que se mantienen incólumes los supuestos establecidos en el artículo 250, en relación con los artículos 251 numerales 2, 3, 5 y parágrafo primero y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Ratifica la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad impuesta por el Tribunal de Control N° 48 del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08/08/2007, al ciudadano FLORES RIV.....