´"...De las pruebas presentadas, las cuales han sido previamente valoradas se crea plena convicción en quien juzga de lo peticionado por los solicitante, en consecuencia de ello, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las actuaciones y documentación cursante en el expediente suficientes para declarar:
• Como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE RAMIRO CONTRERAS PEREZ, quien era venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 4.091.615, a sus hijos ciudadanos: JOSE CANDELARIO CONTRERAS PEÑA, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-12.846.056, junto con su conyugue e hijos ciudadanos MARY MATILDE PEÑA PEREZ, RAMON ANTONIO CONTRERAS PEÑA y RAMIRO ALBERTO CONTRERAS PEÑA venezolanos, la primera viuda, el se.....