...PRIMERO: Se determina que el ciudadano YORMAN JOAQUÍN CASTRO PERNÍA, titular de la cédula de identidad personal número V-19.387.905, lleva privado de su libertad, a la fecha, y desde la data de su detención, un lapso de tiempo de SEIS (06) MESES y SIETE (07) DÍAS, pero siendo que en el día de hoy, diecisiete (17) de julio del año dos mil nueve (2009), de conformidad con los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, emitió pronunciamiento este órgano jurisdiccional declarando la redención de la pena del ciudadano en cuestión por tiempo de UN (01) MES, VEINTIÚN (21) DÍAS y DOCE (12) HORAS, es por lo que, adicionando este tiempo al lapso previamente precisado en cuanto a privación de libertad, se advierte que la persona del condenado ha cumplido para la presente fecha, SIETE (07) MESES, VEINTIOCHO (28) DÍAS y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de presidio de OCHO (08) AÑOS que le fuera impuesta, SIETE (07) A.....