Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) ha incoado JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL DAYMAR, contra INVERSIONES EX-7396 C.A, todos plenamente identificados al comienzo de este fallo.