DISPOSITIVA
En razón de los precedentes considerados, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos de índole laboral incoase el ciudadano : JOSÉ GREGORIO CANACHE, en contra de la demandada SAFE & SECURITY GROUP, C.A., ordenando el pago de la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 3.836,77) a favor del accionante, por los montos señalados en la parte motiva de la presente decisión.
Dada la naturaleza del fallo se condena en costas a la demandada según lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firm.....