...declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: MARIA RITA ESPINOZA DE VILLEGAS y JULIO ALFREDO VILLEGAS FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.661.034 y V-4.233.538, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha Diez (10) de Julio de mil novecientos ochenta y tres, ante la Primera Autoridad Civil Alcalde CLEMENTE EDUARDO CABRERA GONZALEZ del Municipio Bolívar, Distrito Zamora, hoy Parroquia Bolívar del Municipio Zamora del Estado Miranda, quedando la correspondiente Acta asentada bajo el N° 9, del año 1.983.