...SE ADMITE, salvo su apreciación en la definitiva. Por otra parte, a fin de proveer lo solicitado por el promovente, es por lo que SE ACUERDA, invitar nuevamente a la niña Identidad Omitida en Cumplimiento del art. 65 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, para que comparezca por ante ésta Sala de Juicio, dentro de los tres (03) días de despacho siguiente a la consignación que se haga en autos de la presente boleta, en compañía de su representante legal, con el objeto de que sea oída, de conformidad con lo establecido en el Art. 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en cumplimiento de las disposiciones de las ODNAO