CAPITULO VI
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación de Autos a Titulo de Efecto Suspensivo, interpuesto por la ABG. ZULAY GOMEZ MORALES, Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con competencia en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescentes, conforme a lo establecido en el articulo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, en el acto de Audiencia Preliminar de fecha 17 de diciembre de 2015, en contra de la decisión dictada en la referida Audiencia, mediante la cual se impuso MEDIDA CAUTELAR de conformidad a lo previsto en el literal " c" del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la adolesc.....