este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y a los fines de dar cumplimiento a los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizar asimismo una titula Judicial efectiva, el debido proceso y el Interés Superior del Adolescente en sala, Decreta: PRIMERO: Se acoge la precalificación dada en esta audiencia por el representante del Ministerio Público como lo son los delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5, en relación con el artículo 6, numerales 1, 2 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto en el artículo 405, concatenado con el artículo 80 último aparte del Código Penal; POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Mu.....