de conformidad en lo establecido en los artículos 264 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, y se DECRETA CON LUGAR, la solicitud presentada por la Defensa en cuanto a la imposición de una medida menos gravosa y el cese del arresto domiciliario decretado al Acusado por este Tribunal en fecha: 10 de agosto de 2004, otorgarle al acusado LEONEL JOSÉ SANOJA BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº.- V.-14.351.078, Medida Cautelar Sustitutiva establecida en los ordinales 3º y 4º del artículo 256 ejusdem; de igual manera se decreta con lugar la solicitud del Reconocimiento Médico Forense, para lo cual se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Coordinación de Ciencias Forenses, sub-Delegación Los Naranjos, a la práctica del mismo.........