CAPITULO VI
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE el presente Recurso de Apelación interpuestos tanto por la ABG. MARIA JOSE ROMERO HIDALGO y ABG. EDGAR ALFREDO DÁVILA DÁVILA, INPREABOGADO Nº 163.424 y Nº 73.209, respectivamente, en su condición de defensores privados de los ciudadanos JOSE MANUEL ARAUJO QUINTAS, JESUS ENRIQUE JAIMES LEDEZMA y JOSUE JOHANDI JAIMES LEDEZMA, antes identificados, en contra de la decisión dictada en fecha 09 de noviembre de 2015, como por el ABG. FERNANDO RAFAEL SOTO, INPREABOGADO Nº 52.078, en su condición de defensor privado de los ciudadanos FRANKLIN JUNIOR GONZALEZ PEREZ, ALBERT OSCAR GONZALEZ FLORES Y OSWALDO TOVAR GOMEZ, antes identificados, en contra de la decisión dictada en fecha.....