. PRIMERO: Se CONDENA al acusado ELEICER JOSE SIMOZA, INDOCUMENTADO, ut supra identificado, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de FALSA TESTACION, ROBO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 320, 458 y 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 Ejusdem, tomando en consideración la atenuante establecida en el numeral 1 del artículo 74 de la norma penal adjetiva, ello de conformidad con lo dispuesto en el procedimiento especial de Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal publicado en gaceta Oficial Nº 6.078 extraordinario, de fecha 15 de junio de 2012, aplicado en el presente expediente en estricto cumplimiento de la Disposición Final Segunda ejusdem; en concordancia con el artículo 347 primer aparte, y disposición final segunda, ejusdem; pena ésta que cumplirá en los términos que establezca el Tribunal en funciones de Ejecución correspondiente. .....