VII
DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva a Titulo de Efecto Suspensivo, conforme a lo previsto en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal, del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por la abogada ABG. SHEILA PATRICIA MARÍN SUMOZA, Fiscal Auxiliar Interina Vigésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en cuanto al cambio de calificación realizado por el A quo, así como a la imposición de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, establecidas en el articulo 242 numerales 3, 5, 6, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, acordada en e.....