DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano QUEZADA ARNOLDO RAMON, titular de la cédula de identidad número V- 7.990.496, contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA FURCASA, C.A. SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada CONSTRUCTORA FURCASA, C.A. al pago de la cantidad condenada de diecisiete mil seiscientos tres con cero seis céntimos (Bs. 17.603,06), más el monto correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo. Se le advierte a las partes que de acuerdo a las disposiciones.....