En virtud de lo anteriormente expuesto, considera este Juzgado que el defensor judicial entre las obligaciones que debe cumplir en defensa de su representado y como manifestación del derecho a la defensa, se encuentra "recurrir de la decisión que le ha sido adversa", tal y como se desprende de los criterios jurisprudenciales del máximo Tribunal de la República, siendo así, resulta inaceptable en derecho que deje de cumplir con tal extremo, es por ello que, se ordena librar, nuevamente, boleta de notificación al abogado ALFONSO PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 295.142, en su carácter de Defensor Ad Litem de la parte demandada, a fin de que comparezca a este Tribunal, ubicado en la Avenida Bermúdez, con Calle Arismendi, frente al Seguro Social, edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Bolivariano de Miranda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta las 3:30 p.m., a los fines de que ejerza recurso de apelación contra la sentencia dict.....