ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. ADRIANA GRATEROL, en su carácter de Fiscal Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, contra la decisión dictada en fecha 31 de agosto de 2012 por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE ESTA EXTENSION JUDICIAL, mediante la cual -entre otras cosas- acogió parcialmente la Precalificación Jurídica dada por el Ministerio Público, apartándose del delito de Secuestro Agravado en Grado de Cómplices, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión en concordancia con el artículo 10 ordinales 1; 2; 7; 8; 11 y 16, Ejusdem, admitiendo únicamente las precalificaciones fiscales por la presunta comisión de los delitos de Asociación para Delinquir, Obstaculización a la Investigación y Apropiación Indebida Calificada, tipificados en los artículos 37 en concordancia con el 29, Ordinal 2º y 45, todos de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organiz.....