Primero: Se ordena a la Defensa subsanar a la brevedad posible, las deficiencias y omisiones, relativas a los documentos exigidos por este Tribunal, en relación a los pretendidos fiadores del imputado Gonzalo Enrique Gabriel Simancas Planas, a los fines de dar cumplimiento al contenido del primer aparte del artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se Comisiona al personal adscrito a la Oficina del Servicio de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, con la finalidad de realizar la verificación de los documentos que hasta los actuales momentos están a la disposición de este Tribunal, en relación a las personas que aspiran constituirse en Fiadores del imputado, para atender las obligaciones relativas a la medida cautelar impuesta; por lo que una vez que sean subsanadas por parte de la defensa las omisiones incurridas, y curse en autos el informe de los Alguaciles comisionados, se procederá a emitir la decisión correspondiente respecto a la aceptación o rechazo de l.....