Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN), interpuesta por JORGE ALEXANDER NORIEGA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.697.656 contra AUTO REPUESTOS EL MAYORASGO, C.A., inscrita originalmente como s.r.l., según documento inscrito ante la Oficina de Registro Mercantil Segunda de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de Agosto de 1997, bajo el No. 7, Tomo 418-A-Sdo. Posteriormente transformada en C.A., según documento inscrito ante la mencionada Oficina de Registro, el día 17 de Agosto del 2.006, anotado bajo el No. 21, Tomo 169-A Sdo.