CONFIRMA la decisión de fecha 12 de marzo de 2004, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante el cual Decretó las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad previstas en el artículo 256 ordinales 2° y 6° al ciudadano GARCIA PADILLA PITER STIVENSON, Venezolano, de 18 años de edad, soltero, buhonero, nacido el 28-03-85, residenciado en Palo Alto, bajando por el Dispensario, sector El bucare, casa N° 33, cerca de la Escuela OCDULIA ROJAS; hijo de Pedro Luis García y Envida Padilla Chávez, titular de la C.I. N° V-16.922.899.-
Se declara SIN LUGAR el recurso interpuesto.-
Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.-