Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: CHISTOPHER ORLANDO FLORES COLLAZO, titular de la cédula de identidad N°24.281.244, estado civil: soltero, nacido en: caracas, Fecha de nacimiento: 30-11-1983, de oficio: obrero, residenciado en: SANTA LUCIA DEL TUY, CALLE ESPEJO, TRANSVERSAL 14, CASA SIN NÚMERO, de padres Maria Collazo (V) y padre Orlando Flores, por encontrarse incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado el artículo 458 del texto sustantivo penal vigente, en virtud de estar llenos los extremos legales de los artículos 250 numerales 1, 2 y 3 y 251 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se libro boleta de Excarcelación dirigida al Director del Centro Met.....