"... este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Charallave, de fecha 21 de julio de 2010, en consecuencia; se declara CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales incoara el ciudadano VÍCTOR MEDINA, en contra de la sociedad mercantil GRAN CAFÉ RÍO TALMA, C.A., ambos plenamente identificados a los autos, por lo que se condena a la parte accionada al pago de los conceptos que han sido cuantificados en la presente decisión correspondientes a: Prestación de Antigüedad, Bono de Transferencia, Vacaciones Vencida.....