...DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus HENRY DIAZ GUTIERREZ, que en vida era portador de la cédula de identidad No. V-2.150.910, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: MONSERRAT ANDRES DE DIAZ, ALEJANDRO ENRIQUE DIAZ ANDRES y MONIKA DESIREE DIAZ ANDRES, mayores de edad, de este domicilio y portadores de la cédulas No V-3.409.742, V-10.517.336 y V-12.115.575, respectivamente