Primero: RESUELTA la consulta legal a la que se encontraba sujeta la decisión dictada el 14 de febrero de 2014, por el Juzgado Primero del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que declarara con lugar la desafectación y extinción de hogar solicitada por los ciudadanos MARIANELLA PEREIRA DE SÁNCHEZ, GUSTAVO JOSÉ PEREIRA LEÓN, CARMEN BEATRIZ PEREIRA LEÓN, HERNAN JOSÉ PEREIRA LEÓN, LIGÍA MERCEDES PEREIRA LEÓN y FELIPE ALFONZO PEREIRA LEÓN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nro. V- 3.588.684, V-4.455.807, V-4.057.228, V4.842.701, V-6.842.701, V-6.460.089 y V-625.120, respectivamente.
Segundo: SE CONFIRMA la decisión dictada el 14 de febrero de 2014, por el Juzgado Primero del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en consecuencia, se declara LA EXTINCIÓN DEL HOGAR CONSTITUIDO mediante decreto dictado por el Juzgado de Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercan.....