"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del documento privado de Compra-venta celebrado por los ciudadanos JOSE BENEDICTO GUERRERO CONTRERAS, NORYS GONZALEZ y LEONARDO ERASMO GUERRERO CONTRERAS, venezolanos, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-9.354,979, V-9.721.235 y V-11.302.809, en su orden respectivo, domiciliados en el Sector el Esfuerzo, Municipio Panamericano, estado Táchira y civilmente hábiles, recibida en fecha 26 de marzo de 2025 pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las diez horas y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), del día de hoy miércoles veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Se ordena expedir una copia certif.....