Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en la incidencia surgida con ocasión de la medida de entrega material practicada en fecha 12 de agosto de 2015, sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno y el galpón sobre ella edificado, identificada con el N° 5, lote A y B, con una superficie aproximada de Cuatro Mil Trescientos metros Cuadrados (4.300 Mts2), ubicada en la Urbanización Kerch, entre los Kilómetros 12 y 13 de la Carretera Panamericana, en Jurisdicción del Municipio Los Salias de Estado Bolivariano de Miranda, en el juicio que por ARRENDAMIENTO, sigue la Sociedad Mercantil "ADMINISTRADORA CALIKER, C.A.", contra el ciudadano JESUS ENRIQUE H.....