...Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: SE DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación intentado por el profesional del derecho: JOSÉ LUiS GRATEROL, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano: HERNÁNDEZ PANTOJA FREDDY AGUSTÍN, contra la decisión dictada en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 26/08/2010 con auto fundado de fecha 08/09/2010, Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control Itinerante del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, , de conformidad a lo establecido en los artículos 330 numerales 1 y 2, 331 parte infine, 437 literal "c" y 447 numeral 4, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con la decisión de fecha 20 de junio de 2005, emanada de.....