Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal en los términos antes expuestos, en contra del ciudadano RAFAEL ALBERTO HERNANDEZ CASTILLO, así como, los medios probatorios promovidos por la Fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal, y vista la manifestación del acusado libre y voluntaria de admitir los hechos por los cuales resultó acusado, de conformidad con el Procedimiento Especial que establece el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 37, 74.4 y 88 del Código Penal, SE CONDENA al ciudadano RAFAEL ALBERTO HERNANDEZ CASTILLO, quien es nacionalidad venezolano, natural de Rio Chico, Estado Miranda, nacido en fecha 24-10-1960, de 52 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.084.543, de profesión u oficio Chofer, hijo de Carmen Beatriz Castillo (v) y de Juan Francisco Hernández (v), Residenciado en: La Guaira, Catia La Mar, Urbanización Páez, Bloque 2, piso 12, letra "E- 126, Estado Vargas, po.....