...Ahora bien, de las actuaciones se evidencia que la prueba de inspección, en la presente litis debe practicarse en el Municipio Los Salias de esta Circunscripción Judicial, debiendo comenzar el computo destinado a la evacuación de pruebas, después del auto de admisión (en el presente caso, sería, después de quedar definitivamente firme el auto que ordenó la reposición de la causa, en fecha 01 de agosto de 2013),- hasta la salida del despacho para el juez comisionado exclusive, -(en el presente caso sería, hasta el 05 de agosto de 2013, fecha en que fue librada la comisión mediante oficio N° 360)-, en consecuencia una vez que fue librada, la salida de la comisión, en fecha 05 de agosto de 2013, este Tribunal se desprende del conocimiento de la misma, debiéndose contar el lapso de su evacuación, ante el Tribunal comisionado, y sin, que hubiere transcurrido ante este Tribunal desde el 01 de agosto de 2013, exclusive, hasta el 05 de agosto de 2013, ningún día de Despacho imputable al lap.....